Código Penal Artículo 207 ter Estado de Hidalgo
Código Penal Hidalgo
Artículo 207 ter.
Se aumentará en una mitad la punibilidad referida en los artículos 207 y 207 bis. de este capítulo, cuando el autor o partícipe sea algún servidor público que tenga a su cargo funciones de prevención, persecución o sanción del delito o de ejecución de penas y adicionalmente, inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por un período equivalente a tres tercios de la pena de prisión impuesta.
Para la comprobación del robo de vehículos o autopartes a que hacen referencia los Artículos 207 y 207 Bis, bastará la acreditación del cuerpo del delito.
Estado de Hidalgo Artículo 207 ter Código Penal
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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