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Código Penal Artículo 207 ter Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Penal Hidalgo
Artículo 207 ter.

Se aumentará en una mitad la punibilidad referida en los artículos 207 y 207 bis. de este capítulo, cuando el autor o partícipe sea algún servidor público que tenga a su cargo funciones de prevención, persecución o sanción del delito o de ejecución de penas y adicionalmente, inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por un período equivalente a tres tercios de la pena de prisión impuesta.

Para la comprobación del robo de vehículos o autopartes a que hacen referencia los Artículos 207 y 207 Bis, bastará la acreditación del cuerpo del delito.



Estado de Hidalgo Artículo 207 ter Código Penal
Artículo 1 ...207 207 bis 207 ter 208 209 ...363

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